La forma más habitual es la sociedad privada de responsabilidad limitada, en hebreo Ba"m. Cualquier persona puede fundarla, un solo accionista es suficiente y puede ser también su único director. La sociedad es una persona jurídica separada: sus deudas son suyas y no de sus dueños.
Eso lo dicen los artículos 2, 3 y 4 de la Ley de Sociedades de 1999. La sociedad puede ser 100% de propiedad extranjera, y no hace falta un accionista, un director ni un documento de identidad israelí. Por eso es la estructura que eligen tanto quienes abren un negocio en Israel como las empresas del exterior que quieren una filial aquí.
- Nombre: revisamos el registro y proponemos hasta tres nombres por orden de preferencia. Deben terminar en "Ba"m" o "Ltd" (artículo 26) y no pueden ser engañosos ni iguales a otro ya registrado (artículo 27).
- Estatutos: redactamos los estatutos según el artículo 18, con lo que los socios realmente acordaron sobre acciones, firmas y decisiones.
- Firmas: los primeros accionistas y directores firman sus declaraciones (artículo 8). Si no son ciudadanos israelíes, las firmas se autentican ante un abogado y los documentos se adjuntan escaneados.
- Registro: presentamos la solicitud en línea apenas recibimos los documentos firmados, y el Registrador emite el certificado de constitución (artículo 10).
Plazos. La mayoría de las sociedades quedan registradas el mismo día en que presentamos la solicitud, y el resto en hasta tres días hábiles. Si los socios viven fuera de Israel, firman con un poder notarial apostillado y nadie tiene que viajar.
| Costo oficial (2026) | Monto | Cuándo se paga |
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| Tasa de registro | 2.559 ₪ en línea · 3.123 ₪ en papel | Una sola vez, con la solicitud. |
| Tasa anual | 1.338 ₪ hasta el 31 de marzo · 1.777 ₪ desde el 1 de abril | Cada año desde el año siguiente al registro; el año del registro está exento. |
| Impuesto de sociedades | 23% | Sobre las ganancias de la sociedad. El IVA en Israel es del 18%. |
Los honorarios del estudio son aparte: se fijan en un presupuesto escrito antes de empezar. Una sociedad que deja de pagar la tasa anual o de presentar su informe anual puede quedar registrada como infractora (artículo 362A), y eso complica cualquier trámite posterior.
Después del registro: cuenta bancaria e impuestos
Con el certificado de constitución, la sociedad abre su cuenta bancaria. Preparamos las actas, los derechos de firma y la autenticación de los documentos que pide el banco, también cuando los accionistas son extranjeros. Después se abren los expedientes fiscales: el del IVA, el del impuesto sobre la renta y, según la actividad, el de retenciones y el del Seguro Nacional (Bituaj Leumí). Un residente en el exterior que hace negocios en Israel debe además designar un representante ante el IVA, según el artículo 60 de la Ley del IVA. Nosotros coordinamos cada paso hasta que la sociedad puede empezar a facturar.